El
pasado 13 de julio el Consejero de Presidencia contestó, a la
pregunta P.E. formulada por Dª Natalia del Barrio Jiménez
(procuradora de la Junta de Castilla y León perteneciente al grupo parlamentario PODEMOS), lo
siguente:
“Las
plazas ocupadas en comisión de servicio, 2.852 a esta fecha, son
aquellas en las que, constatada la necesidad de cobertura de un
puesto de trabajo vacante se concede la comisión solicitada
voluntariamente por el empleado público para mejorar la prestación
de los servicios públicos y facilitar la
promoción temporal de los funcionarios de carrera que la ocupan”
2.852
plazas de las cuales la mayoría sirven (como bien menciona el
Consejero) para facilitar la promoción temporal de los funcionarios
de carrera que la ocupan y que además en cuanto consigan su plaza
podrán consolidar mejor el grado que aquellos a quienes no se les ha
facilitado esta “promoción” arbitraria.
2.852
plazas ocupadas por 2.852 funcionarios que no están en su puesto.
Unas 5.704 plazas ocupadas de manera provisional o vacantes.
2.852
situaciones de las cuales muchas no son otra cosa que privilegios
ejecutados a dedo a costa de aquellos a los que no se les ha
facilitado esa “promoción temporal”.
2.852
plazas ocupadas por personas que para mantener una promoción
temporal de privilegios o que por situaciones de necesidad estarán
obligadas a ejecutar todo aquello que el poder político les imponga
perdiendo su independencia y su imparcialidad.
2.852
puestos, en los que se ejercen las potestades públicas, controlados
por el poder político en la arbitrariedad de su cobertura.
2.852
puestos que convierten a una figura excepcional en habitual y
arbitraria.
2.852
razones para que la oposición sea la única forma de acceso y el
concurso de traslados la única forma de cobertura definitiva de
puestos de trabajo.
2.852
situaciones que exigen un concurso de traslados, abierto y permanente
y trimestral, sin CPT y con una RPT como la que pretenden extinguir.
2.852
razones para que las comisiones de servicio tengan exclusivamente
carácter humanitario y sean controladas por la parte Social.
2.852
razones para que exclusivamente se cuenten como méritos en los
concursos de traslados el tiempo trabajado en puesto definitivo y
adquirido por concurso de traslados.
2.852
razones para que se aplique de nuevo la ley 30/84 con todo rigor.
2.852
motivos más por los que existe FAUXAD.